Acuerdo de Asociación Económica (AAE) UE-Comunidad del África Meridional para el Desarrollo (SADC)

El Acuerdo de Asociación Económica (AAE) UE-SADC facilita a las personas y empresas de las dos regiones invertir y comerciar entre sí, y estimular el desarrollo en toda África Meridional. Descubra cómo el Acuerdo de Asociación Económica de la UE con seis Estados de la SADC (Botswana, Lesotho, Mozambique, Namibia, Sudáfrica y Eswatini) puede beneficiar a su comercio.

El acuerdo de un vistazo

  • El AAE UE-SADC fue firmado por Botsuana, Eswatini, Lesotho, Namibia, Sudáfrica y Mozambique el 10 de junio de 2016.
  • El acuerdo entró en vigor provisionalmente el 10 de octubre de 2016. Mozambique lo aplicó provisionalmente más tarde, a partir del 4 de febrero de 2018.
  • Angola podrá adherirse al AAE en el futuro. Paralelamente, la UE y Angola negociaron un Acuerdo de Facilitación de las Inversiones Sostenibles, que entró en aplicación provisional en septiembre de 2024.

El AAE de la SADC es un acuerdo comercial centrado en el desarrollo que otorga acceso asimétrico a los socios del grupo del AAE de la SADC. Pueden proteger a los productos sensibles de la plena liberalización y aplicar salvaguardias cuando las importaciones procedentes de la UE están creciendo demasiado rápido. En un capítulo detallado sobre el desarrollo se señalan las esferas relacionadas con el comercio que pueden beneficiarse de la financiación. El acuerdo también contiene un capítulo sobre desarrollo sostenible, que abarca cuestiones sociales y medioambientales.

En cuanto al comercio de mercancías, el nuevo acceso al mercado incluye mejores condiciones comerciales, principalmente en la agricultura y la pesca, en particular para el vino, el azúcar, los productos pesqueros, las flores y las frutas enlatadas. Por su parte, la UE obtendrá un nuevo acceso significativo al mercado en la Unión Aduanera del África Meridional (productos como el trigo, la cebada, el queso, los productos cárnicos y la mantequilla).

El comercio total entre la UE y los países del AAE de la SADC alcanzó los 51 000 millones EUR en 2024. Desde que el AAE comenzó su aplicación provisional en 2016, el comercio de mercancías entre las partes ha aumentado un 37 %, con un aumento de las exportaciones de la SADC del 50 % y de las exportaciones de la UE del 21 %.

Países beneficiarios

  • Botsuana
  • Lesoto
  • Mozambique
  • Namibia
  • Sudáfrica
  • Esuatini
  • Los otros seis miembros de la región de la Comunidad del África Meridional para el Desarrollo —la República Democrática del Congo, Madagascar, Malawi, Mauricio, Zambia y Zimbabue— forman parte de acuerdos de asociación económica o negocian acuerdos de asociación económica con la UE como parte de otros grupos regionales, a saber, África Central o África Oriental y Meridional.

Disposiciones asimétricas en favor de los países de la SADC

El AAE prevé disposiciones asimétricas en favor de los países del AAE de la SADC, como la exclusión de los productos sensibles de la liberalización, normas de origen flexibles, además de salvaguardias y medidas especiales para la agricultura, los productos alimenticios y las industrias nacientes.

  • Los países del AAE de la SADC pueden activar cinco salvaguardias bilaterales y aumentar los derechos de importación en caso de que las importaciones procedentes de la UE aumenten tanto o tan rápidamente que amenacen con perturbar la producción nacional
  • en caso de que la UE aplique una salvaguardia en virtud de las normas de la OMC, la UE ofrece a sus socios del AAE de la SADC una exención renovable de cinco años de su aplicación, lo que permite a los países del AAE de la SADC continuar sus exportaciones

Tarifas

  • la UE concede un acceso libre de derechos y contingentes del 100 % a todas las importaciones procedentes de Botsuana, Lesotho, Mozambique, Namibia y Eswatini. El acceso al mercado de la UE es permanente, pleno y gratuito para todos los productos. La UE suprime los derechos de aduana sobre el 98,7 % de las importaciones procedentes de Sudáfrica, en el marco de contingentes cuantitativos específicos.
  • Los países que forman parte de la Unión Aduanera del África Meridional (Botswana, Lesotho, Namibia, Sudáfrica y Suazilandia) eliminan los derechos de aduana sobre aproximadamente el 86 % de las importaciones procedentes de la UE. Mozambique suprime los derechos de aduana sobre el 74 % de las importaciones procedentes de la UE
  • todos los derechos de aduana figuran en los anexos I, II y III del AAE UE-SADC

 

Utilice la opción de búsqueda de My Trade Assistant para encontrar la información exacta sobre aranceles y aranceles para su producto específico, teniendo en cuenta su país de origen y destino. En caso de duda, póngase en contacto con sus autoridades aduaneras

Normas de origen

Para poder optar a un trato preferencial, su producto deberá cumplir las normas de origen establecidas en el acuerdo. Consulte la «Herramienta de autoevaluación de las normas de origen (ROSA)» en Mi asistente comercial para evaluar si su producto cumple las normas de origen y averiguar cómo preparar los documentos correctos.

Puede encontrar información general sobre las normas de origen y los procedimientos de origen en esta sección.

El origen es la "nacionalidad económica" de los bienes comercializados. Si es nuevo en el tema, puede encontrar una introducción a los conceptos principales en la sección de productos.

¿Dónde puedo encontrar las normas de origen?

Las normas de origen se establecen en el Protocolo I relativo a la definición del concepto de «productos originarios» y a los métodos de cooperación administrativa (DO L 250 de 16.9.2016, p. 1924) del Acuerdo de Asociación Económica UE-SADC. Consulte también la Guía sobre la aplicación del Protocolo 1 del AAE SADC-UE.

¿Mi producto es originario de la UE o de un Estado del AAE de la SADC?

Para que su producto pueda acogerse al arancel preferencial inferior o nulo en virtud del Acuerdo de Asociación Económica UE-SADC, un producto debe ser originario de la UE o de un Estado del AAE de la SADC.

Un producto se considera originario de la UE o de un Estado del AAE de la SADC, si es

El producto también debe cumplir todos los demás requisitos aplicables especificados en el capítulo (por ejemplo, elaboración o transformación insuficientes, la norma de no modificación). También hay algunas flexibilidades adicionales para ayudarle a cumplir con las normas específicas del producto (por ejemplo, tolerancia o acumulación).

 

Tolerancia
  • en el Acuerdo de Asociación Económica UE-SADC, la norma de tolerancia permite al productor utilizar materias no originarias que normalmente están prohibidas por la norma específica del producto hasta un 15 % del precio franco fábrica del producto
  • esta tolerancia no puede utilizarse para superar ningún umbral de materias no originarias máximas expresado en el valor indicado en las normas específicas del producto.
  • se aplican tolerancias específicas a los productos textiles y prendas de vestir clasificados en los capítulos 50 a 63 del Sistema Armonizado, que se incluyen en las notas 5 a 6 del anexo 1 «Notas introductorias»
Acumulación

El Acuerdo de Asociación Económica UE-SADC prevé:

  • acumulación bilateral, que permite que las materias originarias de un Estado del AAE de la SADC se contabilicen como originarias de la UE (y viceversa) cuando se utilizan en la fabricación de un producto.
  • la acumulación total, que permite que las elaboraciones o transformaciones realizadas en materias no originarias en la UE se tengan en cuenta en un Estado del AAE de la SADC (y viceversa) a la hora de evaluar si se cumple la norma específica del producto.
  • acumulación diagonal, que permite: i) que las materias originarias de cualquier Estado del AAE de la SADC, de otro Estado del AAE de África, el Caribe y el Pacífico o de un país o territorio de ultramar de la UE y ii) que las operaciones o transformaciones realizadas en esos países se consideren, respectivamente, originarias o realizadas en un Estado del AAE de la SADC o de la UE cuando se utilicen en la fabricación de un producto, siempre que se cumplan determinadas condiciones, incluidos los acuerdos de cooperación administrativa entre los dos países de origen. Esta acumulación no se aplica a i) las materias SA 1604 a 1605 originarias del Pacífico y ii) las materias originarias de Sudáfrica que no pueden importarse en la UE libres de derechos y contingentes.   
  • acumulación con respecto a las materias que están sujetas a un trato NMF libre de derechos en la UE , que permite a los exportadores de un Estado del AAE de la SADC contabilizar las materias no originarias que, en el momento de su importación en la UE, se beneficiarían de un trato libre de derechos y de contingentes con arreglo a los aranceles de la nación más favorecida de la UE, como si fueran originarias de dicho Estado del AAE de la SADC, cuando se incorporen a un producto producido en él, siempre que no existan derechos antidumping o antielusión contra estas materias procedentes del país de origen
  • acumulación con respecto a las materias originarias de otros países que se benefician de un acceso preferencial libre de derechos y contingentes a la UE, lo que permite que las materias originarias de países que se benefician de un acceso libre de derechos y contingentes a la UE para dichas materias se contabilicen como originarias de un Estado del AAE de la SADC si se utilizan en la fabricación de un producto, siempre que se cumplan determinadas condiciones. Esta acumulación no es aplicable actualmente.
Excepciones

A petición de un Estado del AAE de la SADC, podría concederse una excepción específica, en condiciones específicas, para permitir que se apliquen normas de origen más flexibles a productos específicos originarios de países específicos. En la actualidad, no se aplican excepciones específicas.

Otros requisitos

El producto también debe cumplir todos los demás requisitos aplicables especificados en el Protocolo, como las elaboraciones o transformaciones insuficientes o la norma de transporte directo:

Transporte a través de un tercer país: Regla de transporte directo

En el Acuerdo de Asociación Económica UE-SADC, los productos originarios deben transportarse desde la UE a un Estado del AAE de la SADC (y viceversa) sin ser transformados en un tercer país.

Algunas operaciones pueden llevarse a cabo en un tercer país si los productos permanecen bajo supervisión aduanera, como

  • añadir o colocar marcas, etiquetas, precintos o cualquier documentación para garantizar el cumplimiento de los requisitos nacionales específicos del país importador;
  • conservar los productos en buenas condiciones
  • almacenamiento
  • fraccionamiento de partidas

En caso de duda, las autoridades aduaneras podrán solicitar al declarante que aporte pruebas del cumplimiento, que podrán aportarse por cualquier medio, incluidos los documentos contractuales de transporte, como conocimientos de embarque, o pruebas fácticas o concretas basadas en el marcado o la numeración de los bultos, o cualquier prueba relacionada con las propias mercancías.

Incumplimiento de derechos

La devolución de los derechos pagados anteriormente sobre las materias no originarias utilizadas para producir un producto que se exporta al amparo de un arancel preferencial está permitida en virtud del Acuerdo de Asociación Económica UE-SADC.

Procedimientos de origen

Los procedimientos de origen relacionados con la solicitud de un arancel preferencial y la verificación por parte de las autoridades aduaneras se establecen en el título IV, relativo a la prueba de origen, y en el título V, relativo a los acuerdos de cooperación administrativa.

¿Cómo reclamar una tarifa preferencial?

Para beneficiarse de un trato preferencial, debe presentar una prueba de origen

  • necesitarás cualquiera de los dos
  • la prueba de origen sigue siendo válida durante diez meses a partir de la fecha de expedición
  • no se requiere prueba de origen cuando
    • el valor total de los productos no supere los 500 euros en el caso de los envases pequeños, o
    • 1.200 euros en el caso de los productos que formen parte del equipaje personal de los viajeros.
Certificado de circulación EUR.1
  • un modelo de certificado EUR.1 se incluye en el anexo III y da instrucciones para su cumplimentación
  • Los certificados de circulación de mercancías EUR.1 son expedidos por las autoridades aduaneras del país exportador.
  • el exportador que solicite el certificado debe estar dispuesto a presentar documentos que demuestren el carácter originario de los productos de que se trate;
Declaración de origen (autodeclaración del exportador)

Los exportadores pueden autodeclarar que su producto es originario de la UE o de un Estado del AAE de la SADC presentando una declaración de origen. Se puede hacer por

  • un exportador autorizado, o
  • por cualquier exportador, siempre que el valor total del envío no supere los 6 000 EUR

 

Exportadores autorizados

Las autoridades aduaneras del país exportador podrán autorizar a cualquier exportador que efectúe envíos frecuentes de productos en virtud del presente Acuerdo a extender declaraciones de origen con independencia del valor de los productos de que se trate.

El exportador que solicite dicha autorización deberá proporcionar a las autoridades aduaneras todas las garantías necesarias para verificar el carácter originario de los productos, así como el cumplimiento de los demás requisitos del presente Protocolo.

Las autoridades aduaneras pueden retirar el estatuto de exportador autorizado en caso de abuso.

 

Presentación

  • el exportador podrá hacer una declaración de origen cuando se exporten los productos a los que se refiere, o después de la exportación, siempre que se presente en el país importador no más de dos años después de la importación de los productos a los que se refiere
  • al cumplimentar una declaración de origen, debe estar preparado para presentar documentos que demuestren el carácter originario de sus productos

Verificación del origen

Las autoridades aduaneras podrán verificar si un producto importado es realmente originario o cumple otros requisitos de origen. El Acuerdo de Asociación Económica UE-SADC se basa en los siguientes principios:

  • la verificación se basa en la cooperación administrativa entre las autoridades aduaneras de la Parte importadora y de la Parte exportadora
  • los controles del origen de los productos son efectuados por las aduanas locales; no se permiten visitas de la Parte importadora al exportador

Las autoridades de la Parte exportadora determinan el origen e informan de los resultados a las autoridades de la Parte importadora.

Requisitos del producto

Normas y requisitos técnicos

  • conocer los requisitos técnicos, las normas y los procedimientos que deben cumplir las mercancías para ser importadas en la Unión Europea;
  • buscar las normas y reglamentos específicos aplicables a su producto y a su país de origen en la base de datos My Trade Assistant

Requisitos sanitarios y de seguridad MSF

Documentos y procedimientos de despacho de aduana

Para obtener una descripción de cómo demostrar el origen de sus productos para solicitar aranceles preferenciales y de las normas relativas a la verificación del origen por parte de las autoridades aduaneras, consulte la sección sobre normas de origen anterior.

Infórmese sobre otros documentos y procedimientos de despacho de aduana necesarios para importar en la Unión Europea.

Para obtener información sobre los procedimientos aduaneros de importación y exportación en general, visite el sitio web de la DG Fiscalidad y Unión Aduanera.

Propiedad Intelectual e Indicaciones Geográficas

El AAE incluye un protocolo bilateral entre la UE y Sudáfrica sobre la protección de las indicaciones geográficas y sobre el comercio de vinos y bebidas espirituosas.

  • la UE protege más de 100 nombres sudafricanos como Rooibos, la famosa infusión de Sudáfrica y numerosos nombres de vinos como Stellenbosch y Paarl
  • Sudáfrica, protege más de 250 nombres de la UE repartidos en las categorías de alimentos, vinos y bebidas espirituosas

Esto significa, por ejemplo, que un productor de un país distinto de Sudáfrica no puede comercializar un té procesado a partir de una planta de su propio territorio bajo el nombre simbólicamente importante de Rooibos. Lo mismo se aplica a las denominaciones de productos tradicionales de la UE.

Comercio de servicios

Contratación pública

Inversión

Otras áreas

Competencia

  • la UE ha puesto fin a las subvenciones a la exportación de todos los productos exportados a los países del AAE de la SADC
  • la UE ha minimizado las medidas con efectos distorsionadores de la producción y el comercio
  • si la industria local se ve amenazada debido a los aumentos de las importaciones procedentes de Europa, los AAE permiten poner en marcha medidas para proteger los sectores industriales y la industria naciente

Solución de diferencias

En virtud del AAE de la SADC, las controversias se resuelven mediante consultas o mediación y, en última instancia, mediante arbitraje. Después de un proceso de arbitraje, la parte demandada tomará todas las medidas necesarias para cumplir con el laudo. En caso de incumplimiento, la otra parte tiene derecho a una indemnización o puede adoptar todas las medidas adecuadas, como el aumento de los derechos.

Desarrollo sostenible

El AAE de la SADC se basa explícitamente en los elementos «esenciales y fundamentales» establecidos en el Acuerdo de Samoa, a saber, los derechos humanos, los principios democráticos, el Estado de Derecho y la buena gobernanza.

  • la «cláusula de no ejecución» significa que pueden adoptarse «medidas adecuadas» (según lo establecido en el Acuerdo de Samoa) si alguna de las partes incumple sus obligaciones con respecto a los elementos esenciales. Esto puede incluir la suspensión de los beneficios comerciales.
  • las instituciones conjuntas de los AAE tienen la función de supervisar y evaluar el impacto de la aplicación de los AAE en el desarrollo sostenible de las Partes.

Integración regional

El AAE de la SADC trata tanto del comercio entre los países del AAE de la SADC como del comercio con la UE.

  • las normas de origen del AAE de la SADC apoyan el desarrollo de nuevas cadenas de valor en la región. Las disposiciones sobre acumulación permiten la aplicación de aranceles de descuento en la frontera de la UE para las frutas cosechadas en un país de la región y luego conservadas y enlatadas en otro. Este tipo de normas de origen flexibles benefician a las empresas de los sectores agroalimentario, pesquero e industrial.
  • el AAE de la SADC armoniza los aranceles de la Unión Aduanera del África Meridional impuestos a las importaciones originarias de la UE y, en consecuencia, mejora el funcionamiento de la unión aduanera. De esta manera, el AAE de la SADC refuerza la integración regional
  • cada Estado del AAE de la SADC ha acordado que cualquier ventaja que haya concedido a la UE se hará extensiva también a los demás Estados del AAE de la SADC.

Fomento de la capacidad y asistencia técnica

La UE presta asistencia técnica en materia de ayuda para el comercio. Esto ayuda a los países a adaptar sus procedimientos aduaneros y reducir el papeleo. Para usted, esto significa menos molestias cuando se trata de aduanas.

Enlaces y documentos útiles

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