El comercio digital en los acuerdos comerciales de la UE

¿Quiere comerciar y hacer negocios digitalmente?Infórmate aquí sobre las disposiciones sobre comercio digital de los acuerdos comerciales de la UE y recibe información para las empresas interesadas en el comercio digital.

¿Sabías que el comercio digital es un tema cada vez más destacado en los acuerdos comerciales de la UE y que los recientes ALC de la UE abordan una gama cada vez más amplia de cuestiones relacionadas con el comercio digital?

  • el primer acuerdo comercial de la UE que incluye un capítulo sobre comercio electrónico fue el Acuerdo de Asociación Económica (AAE) UE-Cariforum, que se firmó en 2008.
  • desde entonces, la UE ha abordado la cuestión de forma sistemática como un elemento importante de su política comercial y de sus negociaciones con terceros.
  • en los últimos años, la UE ha desarrollado un ambicioso título sobre comercio digital que propone en todas las negociaciones de ALC.
  • estas disciplinas tienen por objeto garantizar la previsibilidad y la seguridad jurídica para las empresas, así como un entorno en línea seguro para los consumidores; también tienen por objeto eliminar los obstáculos injustificados al comercio digital.

 

Entre los elementos centrales del enfoque de la UE sobre el comercio digital figuran:

  • no hay derechos de aduana sobre las transmisiones electrónicas
  • flujos de datos y prohibición de los requisitos de localización de datos
  • protección de los consumidores y protección frente a las comunicaciones de mercadotecnia directa no solicitadas
  • disposiciones relativas a la celebración de contratos por medios electrónicos y a la firma electrónica
  • protección del código fuente del software
  • cooperación y diálogo en materia de reglamentación

En sus acuerdos comerciales bilaterales, la UE ha incluido tradicionalmente referencias al diálogo sobre reglamentación.Pueden contribuir a facilitar el desarrollo del comercio electrónico, especialmente en beneficio de las pequeñas y medianas empresas.

En la sección siguiente encontrará una visión general de otras disposiciones importantes sobre comercio electrónico incluidas en los acuerdos comerciales bilaterales de la UE.

  • eliminar los obstáculos injustificados al comercio electrónico, en particular prohibiendo los derechos de aduana, los gravámenes y las tasas sobre las transmisiones electrónicas, lo que no prohíbe la imposición de gravámenes internos, como los impuestos internos.
  • los acuerdos comerciales de la UE incluyen el principio de no autorización previa, que prohíbe los procedimientos de autorización dirigidos específicamente a los servicios en línea por razones proteccionistas.
  • cubrir los métodos de autenticación electrónica y las firmas electrónicas, que son necesarios para la validación de las transacciones en línea y, por lo tanto, constituyen un factor facilitador clave para el comercio digital.
  • establecer un diálogo sobre cuestiones reglamentarias, por ejemplo, el reconocimiento de las firmas electrónicas; en el reciente acuerdo UE-Singapur, ambas partes también están estudiando un posible futuro acuerdo de reconocimiento mutuo de firmas electrónicas
  • varias medidas de protección de los consumidores en línea, incluida la lucha contra el spam. Los acuerdos de la UE incluyen sistemáticamente disposiciones destinadas a mantener un diálogo regulador sobre el tratamiento de estas comunicaciones no solicitadas
  • abarcan los ámbitos de cooperación y solución de diferencias: hacen hincapié en el diálogo regulador en ámbitos políticos clave, incluida, por ejemplo, la responsabilidad de los proveedores de servicios en relación con las transmisiones electrónicas y el almacenamiento de información.

Facilitar el desarrollo de capacidades

  • el AAE UE-Cariforum incluye compromisos para prestar apoyo a la asistencia técnica, la formación y el desarrollo de capacidades en diferentes ámbitos que también pueden desarrollar capacidades en el comercio digital.
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