Sanidad y protección de los consumidores de productos animales y vegetales
Esta página sirve como documento de referencia únicamente para los requisitos de productos a escala de la UE. Pueden aplicarse requisitos adicionales en función del país de destino de la UE. Por favor refiérase a Mi Asistente Comercial para más detalles.
Tenga en cuenta que en esta página se ofrece una descripción general de cada rúbrica en todas las lenguas de la UE. Sin embargo, los detalles solo están disponibles en inglés.
Sanidad animal
Condiciones obligatorias para la importación en la UE de animales y productos de origen animal [autorización sanitaria por país, establecimiento autorizado, certificados sanitarios, controles sanitarios, documento veterinario común de entrada (DVCE)]
Control sanitario de animales vivos
Los animales vivos solo pueden importarse en la UE si proceden de un tercer país incluido en una lista positiva de países admisibles para el animal en cuestión, van acompañados de los certificados adecuados y han sucedido a los controles obligatorios en el puesto de inspección fronterizo (PIF) del Estado miembro correspondiente.
Control sanitario de los productos de origen animal destinados al consumo humano
Las importaciones de productos de origen animal destinados al consumo humano deben cumplir los siguientes requisitos sanitarios relacionados, entre otras cosas, con las condiciones sanitarias relacionadas con el público y la protección del ganado, la autorización sanitaria del país y los establecimientos autorizados.
Control sanitario de los productos de origen animal no destinados al consumo humano
Las importaciones en la UE de productos animales no destinados al consumo humano deben cumplir las normas generales de salud pública y sanidad animal. Esto se hace para garantizar altos niveles de salud y seguridad en todas las cadenas de alimentos y piensos y evitar la propagación de enfermedades peligrosas para el ganado o los seres humanos.
Control sanitario de los productos de la pesca destinados al consumo humano
Las importaciones de productos de la pesca y la acuicultura destinados al consumo humano deben cumplir los requisitos sanitarios generales relacionados con la autorización sanitaria por parte de un país autorizado, un establecimiento autorizado, certificados sanitarios y control sanitario.
Control sanitario de los productos de la pesca no destinados al consumo humano
Las importaciones de productos de la pesca y la acuicultura no destinados al consumo humano deben cumplir los requisitos sanitarios generales relativos a la autorización sanitaria por un país autorizado, un establecimiento autorizado, certificados sanitarios y control sanitario.
Control sanitario del esperma, los óvulos y los embriones
Las importaciones de esperma, óvulos y embriones de animales en la Unión Europea deben tener como objetivo garantizar la ausencia de patógenos específicos que puedan ser transportados por estos productos y evitar la contaminación de las hembras receptoras y su descendencia.
Sanidad vegetal
Medidas de protección contra la introducción en la UE de vegetales, organismos nocivos para los vegetales o productos vegetales y contra su propagación
Control fitosanitario
Las importaciones en la UE de productos vegetales y cualquier material capaz de albergar plagas vegetales (por ejemplo, productos de madera, suelo, etc.) pueden estar sujetas a medidas de protección. Con ello se pretende evitar la introducción o propagación de organismos nocivos para los vegetales o productos vegetales que cruzan las fronteras de la UE.
Seguridad de los alimentos y los piensos
Las importaciones de productos alimenticios y piensos de origen no animal solo se autorizarán si cumplen las condiciones generales y las disposiciones específicas destinadas a prevenir riesgos para la salud humana y animal.
Trazabilidad, cumplimiento y responsabilidad en alimentos y piensos
Los alimentos y piensos no pueden comercializarse en la Unión Europea (UE) si no son seguros. La legislación alimentaria de la UE persigue no solo un elevado nivel de protección de la vida y la salud humanas y de los intereses de los consumidores, sino también la protección de la salud y el bienestar de los animales, la fitosanidad y el medio ambiente.
Control sanitario de los piensos de origen no animal
Las importaciones en la UE de piensos de origen no animal solo se autorizan si proceden de establecimientos que tengan un representante en la UE y cumplan normas generales y específicas destinadas a prevenir riesgos para la salud humana y animal y proteger el medio ambiente.
Control sanitario de los productos alimenticios de origen no animal
Las importaciones de productos alimenticios de origen no animal en la Unión Europea (UE) deben cumplir las condiciones generales y las disposiciones específicas destinadas a prevenir los riesgos para la salud pública y proteger los intereses de los consumidores.
Control sanitario de artículos en contacto con productos alimenticios
Todos los materiales y objetos destinados a entrar en contacto con productos alimenticios (directa o indirectamente) deben cumplir los requisitos de la UE destinados a garantizar un elevado nivel de protección de la salud humana y de los intereses de los consumidores.
Control sanitario de los alimentos modificados genéticamente (OMG) y los nuevos alimentos
Las importaciones en la UE de alimentos modificados genéticamente (OMG) y de nuevos alimentos deben cumplir procedimientos de autorización específicos, a fin de garantizar el máximo nivel de protección de la salud humana.
Control sanitario y de etiquetado de los productos del tabaco
Todos los productos del tabaco importados en la UE deben cumplir el nuevo marco jurídico (aplicable a partir del 20 de mayo de 2016) que rige la fabricación, presentación y venta de los productos del tabaco con el fin de proteger la salud pública y los intereses de los consumidores.
Control de sustancias químicas en los alimentos
Las importaciones de productos alimenticios y piensos solo se autorizan si no contienen residuos químicos (es decir, medicamentos veterinarios, plaguicidas y contaminantes) a niveles que puedan poner en peligro la salud humana.
Control de residuos de medicamentos veterinarios en animales y productos animales destinados al consumo humano
Las importaciones en la UE de productos de origen animal destinados al consumo humano solo están permitidas si cumplen la legislación de la UE que limita la cantidad de sustancias químicas y residuos permitidos en animales vivos y productos de origen animal.
Control de contaminantes en los productos alimenticios
Las importaciones en la UE de productos alimenticios deben cumplir la legislación de la UE diseñada para garantizar que los alimentos comercializados sean seguros para comer y no contengan contaminantes a niveles que puedan amenazar la salud humana.
Control de residuos de plaguicidas en productos vegetales y animales destinados al consumo humano
Las importaciones de productos vegetales y animales destinados al consumo humano que puedan contener residuos de plaguicidas solo se permiten si cumplen la legislación de la UE destinada a controlar la presencia de sustancias químicas y residuos en animales vivos, productos animales y productos de origen vegetal.
Normas de comercialización (calidad) de los productos agrícolas y pesqueros
Determinados productos agrícolas y pesqueros que se suministran frescos al consumidor deben cumplir normas comunes de comercialización y calidad que se refieren a diversos aspectos (frescura, tamaño, calidad, presentación, tolerancias, marcado, etc.) y pueden controlarse mediante inspecciones documentales y/o físicas.
Normas de comercialización de los huevos para incubar y los pollitos de aves de corral
Los huevos para incubar y los pollitos importados en la UE deben tener indicaciones claras de su finalidad y país de origen. Solo los de la misma especie, categoría y tipo de aves de corral pueden ser embalados juntos.
Normas de comercialización de los huevos
Los huevos de gallina importados, aptos para el consumo humano o para su uso en las industrias alimentarias, no podrán comercializarse en el mercado de la Unión Europea (UE) a menos que cumplan las normas de la UE sobre clasificación, marcado y etiquetado/envasado.
Normas de comercialización de determinados productos de la pesca
Determinados productos de la pesca solo pueden importarse de terceros países y comercializarse en la Unión Europea (UE) si cumplen las normas de la UE en materia de clasificación por categorías de frescura, tamaño o peso, embalaje, presentación y etiquetado.
Normas de comercialización de frutas y hortalizas frescas
Las frutas y hortalizas destinadas a ser vendidas frescas al consumidor en la UE solo podrán comercializarse si son sanas, justas y de calidad comercializable y si el país de origen se indica con arreglo a la normativa de la UE. Se establecen disposiciones especiales para las importaciones de dichos productos procedentes de la India, Kenia, Marruecos, Senegal, Turquía y Sudáfrica.
Normas de comercialización de frutas y hortalizas frescas procedentes de la India
Normas de comercialización de frutas y hortalizas frescas procedentes de Kenia
Normas de comercialización de frutas y hortalizas frescas procedentes de Marruecos
Normas de comercialización de frutas y hortalizas frescas de Senegal
Normas de comercialización de frutas y hortalizas frescas de Turquía
Normas de comercialización de frutas y hortalizas frescas procedentes de Sudáfrica
Normas de comercialización para los plátanos frescos
Los plátanos importados deben cumplir las normas de la UE en ámbitos como la calidad, el calibre, la presentación, etc. antes de su comercialización.
Normas de comercialización del cáñamo
(Solo se requiere para las semillas de cáñamo) Las semillas de cáñamo importadas deben someterse a controles en áreas como el propósito y el contenido de tretrahidrocannabinol (THC).
Normas de comercialización del lúpulo
Los productos del lúpulo y del lúpulo solo podrán importarse en la UE si demuestran que sus normas de calidad son al menos equivalentes a los requisitos mínimos de comercialización establecidos por la UE.
Normas de comercialización para el agua mineral natural
El uso de descripciones y definiciones de agua mineral natural es obligatorio para exportar agua embotellada al mercado de la UE, así como para cumplir los criterios de calidad estándar.
Normas de comercialización del aceite de oliva
El uso de descripciones y definiciones de aceites de oliva y aceites de orujo de oliva es obligatorio para exportar aceites de oliva al mercado de la UE, además de cumplir los criterios de calidad estándar.
Normas de comercialización de la carne de aves de corral
La carne de aves de corral importada debe cumplir las normas de la UE en ámbitos como la conservación, los criterios de clasificación, el etiquetado y el contenido de agua antes de ser comercializada.
Normas de comercialización de las sardinas en conserva
Las sardinas en conserva importadas deben cumplir las normas de la UE en ámbitos como el tipo de especie, la presentación, los medios de comunicación, la esterilización, etc. antes de su comercialización en la UE.
Requisitos de comercialización de semillas y materiales de multiplicación vegetal
Las semillas y los materiales de multiplicación de plantas que entren en el mercado de la UE deben cumplir la legislación específica de la UE en materia de requisitos de comercialización. Estos están diseñados para garantizar que los productos cumplan los criterios de salud y alta calidad, así como la protección de la biodiversidad.
Normas de comercialización para las conservas de atún y bonito
El atún y el bonito en conserva importados en la UE deben seguir las normas de comercialización relativas al uso de especies de peces, la homogeneidad, el medio, la denominación comercial, etc. antes de ser comercializados en la UE.
Certificado e informe de análisis de vino, zumo de uva y mosto
El despacho de importación de vino, mosto de uva y zumo de uva requiere un documento V I 1, que es un certificado del informe de análisis realizado por un laboratorio oficial reconocido por el tercer país.
Productos de la producción ecológica
Descripción del régimen de producción ecológica que tiene por objeto la promoción de bienes de calidad y la integración de la conservación del medio ambiente en la agricultura.