Acuerdo interino de asociación UE-Palestina
La Comunidad Económica Europea (CEE) ha celebrado un Acuerdo interino de asociación en materia de comercio y cooperación. el predecesor de la UE) y la Organización para la Liberación de Palestina (OLP) en nombre de la Autoridad Palestina (AP) en 1997. El acuerdo prevé el acceso libre de derechos a los mercados de la UE para los productos industriales palestinos y la eliminación progresiva de los aranceles sobre las exportaciones de la UE a Palestina* a lo largo de cinco años. El 1 de enero de 2012 entró en vigor un acuerdo para una mayor liberalización de los productos agrícolas, los productos agrícolas transformados y el pescado y los productos de la pesca. Este último acuerdo se aplicó inicialmente durante diez años, pero se prorrogó por otros diez años en 2021.
* Esta designación no se interpretará como el reconocimiento de un Estado de Palestina y se entenderá sin perjuicio de las posiciones individuales de los Estados miembros de la UE sobre esta cuestión.
Normas de origen
Para poder acogerse al trato preferencial (derechos de aduana inferiores o nulos), su producto debe cumplir determinadas normas que definen su origen, las normas de origen, que se establecen en el Convenio Paneuromediterráneo.
Consulte la «herramientade autoevaluación de las normas de origen (ROSA)»interactiva en Mi asistente comercial para evaluar si su producto cumple las normas de origen y averiguar cómo preparar los documentos correctos. Más información disponible sobre cómo utilizar ROSA