Productos elaborados según las normas de conservación

Esta página constituye un documento de referencia únicamente para los requisitos aplicables a los productos a escala de la UE. En función del país de destino en la UE, es posible que se apliquen otros requisitos adicionales. Para más información, véase mi Asistente de Comercio.

Tenga en cuenta que, en esta página, se ofrece una descripción general de cada rúbrica en todas las lenguas de la UE. Sin embargo, los detalles solo están disponibles en inglés.

Restricciones a la importación de sustancias que agotan la capa de ozono (SAO) y gases fluorados de efecto invernadero

Productos que agotan la capa de ozono

Con el objetivo de proteger el medio ambiente, está prohibido importar a la Unión Europea productos y equipos que contengan sustancias que agotan la capa de ozono. Esta prohibición se aplica a las importaciones procedentes de cualquier país, sea o no parte en el Protocolo de Montreal de 1987 relativo a las SAO.

Sustancias que agotan la capa de ozono

Con el fin de proteger el medio ambiente, las importaciones de sustancias que agotan la capa de ozono solo pueden entrar en la Unión Europea (UE) si cumplen determinadas condiciones.

Prohibición de productos que contienen gases fluorados de efecto invernadero

Se prohíbe la comercialización de determinados productos y aparatos que contengan gases fluorados de efecto invernadero a fin de reducir las emisiones de gases fluorados de efecto invernadero cubiertos por el Protocolo de Kioto.

Requisitos de comercialización de pinturas y barnices

Las pinturas y barnices deben cumplir los requisitos de comercialización diseñados para evitar los efectos ambientales negativos de las emisiones de compuestos orgánicos volátiles (COV).

Comercialización de productos que contienen gases fluorados de efecto invernadero

La comercialización de productos y aparatos que contengan gases fluorados de efecto invernadero está sujeta a disposiciones relativas, entre otras cosas, a las prohibiciones de mercado, los requisitos de etiquetado, la notificación de información y las obligaciones de registro.

 

Protección de especies amenazadas (fauna y flora)

CITES — Protección de especies amenazadas

Las importaciones de especies contempladas en la Convención sobre el comercio internacional de especies amenazadas de fauna y flora silvestres (CITES) están sometidas a un sistema de control doble que incluye controles de importación y exportación tanto en el país de origen como en los puntos de entrada designados de la UE.

Control estadístico del comercio del patuno y del pez espada

Solo se puede importar patuno y pez espada si la mercancía en cuestión viene acompañada del documento estadístico de importación. El objetivo de la medida es preservar las especies afectadas.

Sistema de documentación para las capturas de atún rojo

Las importaciones de atún rojo están sujetas a un sistema de documentación de capturas destinado a identificar el origen de todo el atún rojo para regular las poblaciones de esta especie, mejorar la calidad y fiabilidad de los datos estadísticos y prevenir, desalentar y eliminar la pesca ilegal.

Sistema de documentación para las capturas de Dissostichus spp

Las importaciones de Dissostichus spp (denominado comúnmente merluza austral) deben ir acompañadas de un documento de capturas con el fin de aplicar las medidas de vigilancia de la CCRVMA (Convención para la Conservación de los Recursos Vivos Marinos Antárticos)

Requisitos de importación de productos derivados de la foca

Está prohibido importar, con fines comerciales, las pieles de crías de foca rayada «de capa blanca» y de crías de foca con capucha y los artículos realizados con ellas. Se pueden importar algunos productos específicos de este tipo si cumplen determinados requisitos.

Control de la pesca ilegal

Las importaciones de determinados productos de la pesca están controladas con el objetivo de prevenir, desalentar y eliminar la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada (INDNR).

Control de la madera ilegal y productos derivados ilegales

Se prohíben las importaciones de madera procedente de la tala ilegal y de sus productos derivados.

Régimen de licencias FLEGT aplicable a las importaciones de madera

Están prohibidas las importaciones de productos de la madera que se exporten desde países que apliquen este régimen voluntario, a menos que el traslado esté cubierto por una licencia FLEGT

 

Control de los procesos de producción y postproducción que utilizan sustancias peligrosas

Requisitos de comercialización de pilas y acumuladores

Habida cuenta de la cantidad de sustancias peligrosas que contienen y con el fin de proteger el medio ambiente, se prohíbe la comercialización de determinadas pilas y acumuladores.

Requisitos de comercialización de aparatos eléctricos y electrónicos

La utilización de determinadas sustancias peligrosas está restringida en los aparatos eléctricos y electrónicos (AEE) introducidos en el mercado de la UE. Los fabricantes y los importadores de estos productos son responsables de la gestión de residuos, en particular de la promoción de la reutilización, el reciclado y otras formas de recuperación de dichos residuos.

Productos radioactivos

Para proteger el medio ambiente y la salud pública del riesgo radioactivo, las importaciones de productos radioactivos están sometidas a estrictas restricciones.

 
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