AAE- África oriental y meridional

El AAE UE-AOM facilita a las personas y empresas de ambas regiones invertir y comerciar entre sí, así como estimular el desarrollo en África Oriental y Meridional. Descubra cómo los Acuerdos de Asociación Económica (AAE) de la UE con 5 Estados africanos pueden beneficiar a su comercio.

De un vistazo

El Acuerdo de Asociación Económica Interino entre la Unión Europea y África Oriental y Meridional (AAE interino UE-AOM) fue firmado por Mauricio, Seychelles, Zimbabue y Madagascar en agosto de 2009 y se aplicó provisionalmente en mayo de 2012. En enero de 2013, el Parlamento Europeo dio su aprobación al Acuerdo. Las Comoras firmaron el acuerdo en julio de 2017 y empezaron a aplicarlo en febrero de 2019.

El AAE interino UE-AOM incluye:

  • la eliminación de todos los derechos y contingentes de la UE para las importaciones procedentes de los Estados del AOM;
  • la apertura gradual de los mercados del AOM a las exportaciones de la UE;
  • disposiciones detalladas sobre las normas de origen, la pesca y la defensa comercial;
  • cooperación en materia de obstáculos técnicos al comercio, así como normas en materia de sanidad animal y vegetal;
  • normas sobre cooperación al desarrollo;
  • mecanismos de solución de controversias.

Los cinco países que ya aplican el acuerdo han declarado estar dispuestos a ir más allá del comercio de mercancías hacia un acuerdo más amplio. El 2 de octubre de 2019 se iniciaron negociaciones para ampliar el ámbito de aplicación del AAE a fin de incluir el comercio de servicios, la inversión, el desarrollo sostenible y la competencia. Además, las partes acordaron un paquete por el que se modernizan las normas de origen de este AAE.

Países beneficiarios

  • Comoras
  • Madagascar
  • Mauricio
  • Seychelles
  • Zimbabue
  • El acuerdo sigue abierto a otros países de la región.

Disposiciones asimétricas en favor de los países del AOM

El AAE UE-AOM prevé disposiciones sobre asimetrías en favor de los países del AOM, como la exclusión de productos sensibles de la liberalización, largos períodos de liberalización, normas de origen flexibles y salvaguardias y medidas especiales para la agricultura, la seguridad alimentaria y la protección de la industria incipiente.

  • Mientras que los mercados de la UE se abrieron de forma inmediata y completa, los Estados del AOM abren parcialmente sus mercados a las importaciones procedentes de la UE, teniendo plenamente en cuenta las diferencias en los niveles de desarrollo.

Tarifas

La UE concede un 100 % de acceso libre de derechos y contingentes a todas las importaciones procedentes de países del AOM. El acceso al mercado de la UE es permanente, pleno y gratuito para todos los productos.

Los países del AOM eliminan parcialmente los derechos de aduana, de conformidad con sus calendarios individuales anejos al AAE interino, del siguiente modo:

  • Madagascar liberaliza el 81 % de las importaciones de la UE;
  • Mauricio 96 %;
  • Seychelles 98 %;
  • Zimbabue 80 %.

Los productos sensibles pueden quedar totalmente excluidos de la liberalización. Las principales exclusiones de la liberalización incluyen:

  • Madagascar: carne, leche y queso, pesca, hortalizas, cereales, aceites y grasas, preparaciones alimenticias, azúcar, cacao, bebidas, tabaco, productos químicos, artículos de plástico y papel, textiles, artículos metálicos y muebles;
  • Mauricio: los animales vivos y la carne, los productos comestibles de origen animal, las grasas, las preparaciones y bebidas alimenticias, los productos químicos, los artículos de plástico y caucho de cuero y pieles, el hierro y el acero y los productos electrónicos de consumo;
  • Seychelles: carne, pesca, bebidas, tabaco, artículos de cuero, productos de vidrio y cerámica y vehículos;
  • Zimbabue: productos de origen animal, cereales, bebidas, papel, plástico y caucho, textiles y prendas de vestir, calzado, vidrio y cerámica, electrónica de consumo y vehículos.

Utilice la opción de búsqueda de Mi asistente comercial para encontrar la información exacta sobre derechos y aranceles para su producto específico, teniendo en cuenta su país de origen y destino. En caso de duda, póngase en contacto con las autoridades aduaneras.

Normas de origen

Para poder acogerseal trato preferencial, su producto deberá cumplir las normas de origen establecidas en el Acuerdo. Consulte laherramienta interactiva de autoevaluación de las normas de origen (ROSA) en Mi asistente comercial para evaluar si su producto cumple las normas de origen y averiguar cómo preparar los documentos correctos.

 

Requisitos aplicables a los productos

Normas y requisitos técnicos

  • Conozca los requisitos técnicos, las normas y los procedimientos que deben cumplir las mercancías para ser importadas en la Unión Europea.
  • Busque las normas y reglamentaciones específicas aplicables a su producto y a su país de origen en la base de datos Mi auxiliar comercial.

Requisitos de salud y seguridad MSF

Documentos y procedimientos de despacho de aduana

Pruebas de origen

Para convertirse en exportador autorizado, debe poder demostrar a sus autoridades aduaneras el carácter originario de sus productos, así como cualquier otro requisito que puedan imponer.

Las autoridades aduaneras pueden retirar su estatuto de exportador autorizado en caso de uso indebido. Para más información sobre los procedimientos, póngase en contacto con sus autoridades aduaneras.

Para poder acogerse a los derechos preferenciales, los productos originarios de los países del AOM deben ir acompañados de una prueba de origen. La prueba de origen sigue siendo válida durante 10 meses. Esta puede ser:

  1. un certificado de circulación de mercancías EUR.1 expedido por las autoridades aduaneras del país exportador. El exportador (o representante autorizado) que solicite un certificado deberá estar preparado para presentar, previa solicitud, documentos que demuestren el carácter originario de los productos de que se trate y cumplir los demás requisitos del Protocolo sobre normas de origen.
  2. una declaración en factura por parte de cualquier exportador para envíos por valor de 6,000 EUR o menos, o por un exportador autorizado para envíos de cualquier valor. Al cumplimentar una declaración en factura, debe estar preparado para presentar documentos que demuestren el carácter originario de sus productos y cumplir los demás requisitos del Protocolo sobre normas de origen.

Otros documentos

Información sobre otros documentos y procedimientos de despacho de aduana necesarios para importar a la Unión Europea.

Propiedad intelectual e indicaciones geográficas

Comercio de Servicios

Contratación pública

Inversión

Otros (competencia, comercio y desarrollo sostenible)

Competencia

  • Desde 2014, la UE ha interrumpido las subvenciones a la exportación de todos los productos exportados a los países AAE.
  • La UE ha minimizado las medidas que distorsionan la producción y el comercio
  • Si la industria local se ve amenazada por los aumentos de las importaciones procedentes de Europa, el AAE permite poner en marcha medidas para proteger los sectores industriales y la industria incipiente.

Desarrollo sostenible

El AAE UE-AOM se basa explícitamente en los elementos «esenciales y fundamentales» establecidos en elAcuerdo de Cotonú, a saber, los derechos humanos, los principios democráticos, el Estado de Derecho y la buena gobernanza.

  • La «cláusula de no ejecución» significa que pueden adoptarse «medidas apropiadas» (según lo establecido en el Acuerdo de Cotonú) en caso de que alguna de las partes incumpla sus obligaciones con respecto a los elementos esenciales. Esto puede incluir la suspensión de los beneficios comerciales.
  • Las instituciones conjuntas del AAE se encargan de supervisar y evaluar el impacto de la aplicación del AAE en el desarrollo sostenible de las Partes. De conformidad con el Acuerdo de Cotonú, la sociedad civil y los parlamentarios desempeñan un papel claro.

La integración regional

El AAE fomenta la preparación de los países del AOM para aplicar la zona de libre comercio continental africana (AfCFTA) en el marco de la Unión Africana, constituyendo así un elemento fundamental para la integración económica regional.

Cooperación al desarrollo, desarrollo de capacidades y asistencia técnica

  • La UE está dispuesta a prestar apoyo, que se financiará a través de los instrumentos existentes, principalmente el presupuesto de desarrollo de la UE y el Fondo Europeo de Desarrollo (FED), a través de la Ayuda para el Comercio.
  • A petición de los cinco países del AOM, la Unión Europea ya ha acordado proporcionar ayuda financiera para la creación de un mecanismo de coordinación de los AAE. Su objetivo es garantizar una coordinación y un apoyo técnico adecuados a los cinco países del AOM, permitiéndoles participar eficazmente en el proceso de negociación. El mecanismo de coordinación ya ha contribuido, en la vertiente del AAE, a preparar la fase de las futuras negociaciones en que se delimitará su ámbito.

Enlaces útiles y documentación

  • Mi asistente comercial: todo lo que necesita saber para sus exportaciones/importaciones específicas desde/hacia la UE
  • Véase el texto completo del AAE UE-AOM
Compartir esta página:

Enlaces rápidos