Clasificar frutas y frutos comestibles
Esta guía le ayudará a comprender la clasificación de frutas y frutos comestibles a fin de determinar los tipos de derechos de aduana aplicables y las medidas no arancelarias aplicables a sus productos.
Las frutas y frutos comestibles se clasifican en la Clasificación Europea de Mercancías (NC) de acuerdo con:
- su género o familia: por ejemplo, agrios (cítricos) como la naranja y el pomelo;
- su estado: frescos, refrigerados, congelados, secos o conservados provisionalmente.
Definiciones
- género: un grupo de tipos de plantas similares. El término constituye la primera parte del nombre latino o botánico de la planta
- géneros — Plural del género
- oleaginoso — oleaginoso, por ejemplo cacahuetes
- especie: subdivisión de un género. Constituye la segunda parte del nombre latino o botánico
- Vaccinium — familia vegetal de arbustos arbustivos, incluidos arándanos rojos, arándanos y mirtilos gigantes
- Variedad (var.) — esto indica una subdivisión de una especie
Frutas y frutos de cáscara congelados
Las frutas y los frutos congelados se clasifican en la partida 0811. Pueden estar crudos o haberse cocido al vapor o en agua hirviendo antes de congelarse. Pueden llevar o no azúcar u otros edulcorantes añadidos. Por «congelado» se entiende que el producto se ha enfriado por debajo de su punto de congelación hasta haberse congelado por entero.
Si un producto frutícola incluido en el capítulo 8 no está íntegramente congelado, no puede clasificarse en la partida 0811. La fruta ligera o parcialmente congelada debe clasificarse como refrigerada.
Los siguientes tipos de frutas y frutos de cáscara se enumeran específicamente en la partida 0811:
- fresas
- frambuesas, zarzamoras, moras, moras-frambuesa, grosellas blancas, grosellas rojas y grosellas
- arándanos rojos, mirtilos y arándanos americanos;
- frutos tropicales
- nueces tropicales.
Frutos secos y frutos de cáscara
El capítulo 8 abarca frutas y frutos secos diversos. Siempre que conserven las características de los frutos secos o de los frutos secos, éstos pueden haber absorbido algo de líquido para que se vuelvan a deshidratar parcialmente. También pueden haber sido tratados para uno de los siguientes fines:
- conservar o estabilizar el producto: por ejemplo, mediante tratamiento térmico moderado, sulfuración o adición de ácido sórbico o sorbato de potasio;
- mejorar o mantener su aspecto (por ejemplo: por adición de aceite vegetal o de pequeñas cantidades de jarabe de glucosa).
Frutas tropicales congeladas
Los frutos congelados se clasifican en las subpartidas
- 0811 90 11
- 0811 90 31
- 0811 90 85
Se incluyen aquí las frutas tropicales, con o sin adición de azúcar u otros edulcorantes. A efectos de la clasificación, en todas estas subpartidas, se entiende por «frutos tropicales»:
- carambolas
- manzanas de Acajú
- guayabas
- Jaca
- lichis
- mangos
- mangostanes
- frutas de la pasión
- papayas,
- pitahayas
- sapotillos,
- tamarindos
Nueces tropicales.
Los frutos congelados se clasifican en las subpartidas
- 0811 90 11
- 0811 90 31
- 0811 90 85
Se incluyen las nueces tropicales, con o sin adición de azúcar u otros edulcorantes. Las nueces tropicales conservadas provisionalmente se incluyen en la subpartida 0812 90 70. La subpartida 0813 50 31 abarca las mezclas de nueces tropicales. A efectos de clasificación en todos los códigos de estas subpartidas, se entiende por «nueces tropicales»:
- areca (o tuerca de betel)
- nueces de Brasil
- anacardos
- cocos
- nuez de Kola
- nueces de macadamia
Las nueces tropicales, frescas o secas, que no están mezcladas se clasifican en la partida 0801.
Frutas y frutos de cáscara conservados provisionalmente
Las frutas y los frutos conservados provisionalmente se clasifican en la partida 0812. No deben ser aptos para un consumo inmediato. Por lo general están conservados en una solución, por ejemplo de gas sulfuroso o de agua salada o sulfurosa, con fines simplemente de transporte y almacenamiento, antes de utilizarse en la industria alimentaria, sobre todo para hacer mermeladas. Deben permanecer en ese estado y seguir siendo inadecuados para un consumo inmediato.
Así, los artículos frutícolas conservados que pueden consumirse directamente del envase, como las cerezas escarchadas o la mermelada de fresas, no se consideran conservadas provisionalmente y se clasifican en otra parte. Si pueden consumirse sin ningún otro tratamiento o transformación, se clasifican en el capítulo 20.
Clasificación y nombres científicos de frutas y frutos comestibles
Nombre común |
Alternativas |
Nombre científico |
Código SA |
AKEE |
Blighia sapida |
0810 90 |
|
Alquequenje |
Tomate cangrejo |
Fitsalis (varios) |
0810 90 |
Aguacate |
Persea americana |
0804 40 |
|
Anona |
Annona (varios) |
0810 90 |
|
Madroño |
Árbol de las fresas |
Arbutus unedo |
0810 90 |
Averrhoa |
Carambolas |
Averrhoa carambola |
0810 90 |
Bela |
Quince de Bengala |
Aegle marmelos |
0810 90 |
Panadis |
Artocarpus incisa |
0810 90 |
|
Endrino |
Prunus insititia |
0809 40 |
|
Carambolas |
Averrhoa |
Averrhoa carambola |
0810 90 |
Costilla de Adán |
Monstera deliciosa |
0810 90 |
|
Chirimoya |
Annona chiriimolia |
0810 90 |
|
Quinoto |
Citrus aurantium var. myrtifolia |
0805 90 |
|
Cidra |
Medica de cítricos |
0805 90 |
|
Etrog |
Citrus medica var. |
0805 90 |
|
Filbert |
Avellana |
Corylus maxima |
0802 21 0802 22 |
Ciruela del gobernador |
Botoko ciruela |
Flacourtia indica |
0810 90 |
Ciruela claudia |
Prunus italica |
0809 40 |
|
Cereza |
Cereza dulce |
Prunus avium |
0809 20 |
Granadilla (púrpura) |
Frutas de la pasión |
Passiflora edulis |
0810 90 |
Granadilla real |
Passiflora canadrangularis |
0810 90 |
|
Jaca |
Frutos jaqueros |
Artocarpus integrifolia |
0810 90 |
Níspero del Japón |
Nísperos del Japón |
Eriobotrya japonica |
0810 90 |
Azufaifo |
T'Sao, fecha china |
Zizyphus jujuba |
0810 90 |
Kiwis |
Arándano chino |
Actinidia chinensis |
0810 50 |
Kumquats |
Fortunella (varios) Citrus |
0810 90 |
|
Lanzón |
Lanzone boboa |
Lansium domesticum |
0810 90 |
Nísperos del Japón |
Níspero del Japón |
Eriobotrya japonica |
0810 90 |
Malaquina (híbrido de naranja y mandarina) |
0805 20 |
||
Medlar |
Mespilu germanica |
0810 90 |
|
Ciruela mirabella |
Prunus domestica var. syriaca |
0809 40 |
|
Minneola |
0805 20 |
||
Monreale |
0805 20 |
||
Papaya |
Papayas |
Carica papaya |
0807 20 |
Persimonio |
Kaki |
Diospyros (varios) |
0810 90 |
Pomelos |
Shadmut |
Granífero de cítricos |
0805 40 |
Pulasán |
Nephelium mutabile |
0810 90 |
|
Membrillo |
Cydonia vulgaris |
0808 20 |
|
Rambutanes |
Nephelium lappaceum |
0801 90 |
|
Zapotillo |
Naseberry |
Achras sapota |
0810 90 |
Guanábana |
Annona muricata |
0810 90 |
|
Serbal |
Bayas de Rowan |
Sorbus aucuparia |
0810 90 |
Anón |
Anonas |
Annona squamosa |
0810 90 |
UGLI (híbrido de pomelo y tangerina) |
Cítricos |
0805 20 |
|
Castaña de agua |
Calabazas |
Trapa natans |
0802 90 |