Nomenclatura combinada

La nomenclatura combinada (NC) es el sistema de códigos de ocho dígitos de la UE, que comprende el código del Sistema Armonizado (SA) con otras subdivisiones de la UE. Sirve al arancel aduanero común de la UE y proporciona estadísticas sobre el comercio dentro de la UE y entre la UE y el resto del mundo.

¿Cómo funciona?

Cada subdivisión de la nomenclatura se denomina «Código NC». Tiene un número de código de 8 dígitos seguido de una descripción y un tipo de derecho. Dependiendo del caso, podrá incluir una unidad suplementaria.

Subpartidas NC, declaradas en las declaraciones de importación y exportación, determinan

  • que el tipo de derecho de aduana se aplica a un bien determinado
  • tratamiento estadístico de las mercancías

¿Qué hay en la nomenclatura?

  • disposiciones preliminares (normas generales de clasificación, reglas relativas a los derechos, nomenclaturas, etc.)
  • descripción de las mercancías
  • notas de sección/capítulo y notas a pie de página relativas a las subdivisiones de la nomenclatura combinada
  • los derechos convencionales — los compromisos arancelarios de la UE en la OMC, y algunos derechos autónomos de la UE
  • unidades suplementarias
  • un conjunto de anexos relacionados con los aranceles (agricultura, química, etc.) y un sistema de codificación específico (capítulos 98 y 99)

Se encuentra en el anexo I del Reglamento (CEE) n.º 2658/87 del Consejo. La nomenclatura se actualiza cada año y se publica en el Diario Oficial de la UE.

Utilice las notas explicativas de la nomenclatura combinada que ofrecen explicaciones detalladas para cada categoría de productos. Téngase en cuenta que las notas explicativas no son jurídicamente vinculantes.

Ejemplo de clasificación del producto

Capítulo SA

2 dígitos

18 Cacao y sus preparaciones

Partida

4 dígitos

1806 Chocolate y demás preparaciones alimenticias que contengan cacao

Subpartida SA

6 dígitos

1806 10 Cacao en polvo con adición de azúcar u otro edulcorante

Subpartida NC

8 dígitos

1806 10 15 Sin sacarosa o isoglucosa o con menos del 5 % en peso (incluido el azúcar invertido calculado en sacarosa)

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