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Lista de términos del glosario:
El principio de no discriminación entre los socios comerciales, es decir, todos se conceden «trato de nación más favorecida». De conformidad con las normas de la OMC, una ventaja negociada con un país debe ampliarse a todos los socios comerciales miembros de la OMC.
Disposición de los regímenes comerciales preferenciales relacionada con el transporte de mercancías originarias desde el territorio de una parte a otro. Si, por cualquier motivo, las mercancías atraviesan o detienen en un país que no es ni socio ni país de la UE, la disposición permite el fraccionamiento de las partidas en un tercer país y otras operaciones, siempre que las mercancías permanezcan bajo supervisión aduanera en el país de tránsito.
La lista de las mercancías objeto de intercambio, basada en el sistema armonizado, que permite aplicar el arancel aduanero común y otras políticas de la UE, así como elaborar estadísticas sobre el comercio exterior.
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Disposición que permite que se utilice una pequeña cantidad de materias no originarias para su utilización en la producción de las mercancías sin afectar a su carácter originario, siempre que no exceda un determinado umbral (generalmente en torno al 10 % o 15 % del precio de trabajo franco o del peso del bien, dependiendo del acuerdo comercial preferencial). No obstante, si la norma del producto ya permite el uso de un porcentaje de materias no originarias, la tolerancia no podrá utilizarse para sobrepasar dicho porcentaje. La regla de la tolerancia también se conoce como «de minimis».
Criterios de origen en las normas específicas del producto. Se considera que un producto es originario si se ha sometido a determinadas operaciones de tratamiento especificadas en la normativa específica del producto.
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La disposición en virtud de acuerdos comerciales que exigen que las mercancías originarias sean transportadas directamente desde el territorio de una parte a otra, con el fin de garantizar que las mercancías que llegan al país de importación sean las mismas que las que han abandonado el país de exportación.
Si, por cualquier motivo, las mercancías pasan o hacen escala en un país que no es un país socio, se considerará que se cumplen las condiciones de transporte directo si las mercancías permanecen bajo vigilancia aduanera durante ese tiempo.
Criterios de origen en las normas específicas del producto, según las cuales un producto se considera suficientemente transformado en el país socio cuando el aumento del valor del bien alcanza un determinado nivel, expresado por un porcentaje ad valorem.
Requisito de que un porcentaje mínimo de un bien se elabore en la región local del productor para ser considerado originario.
Lista de elaboraciones o transformaciones que deben aplicarse en las materias no originarias para que el producto fabricado obtenga el carácter de originario.
Las normas de origen son los criterios necesarios para determinar la fuente nacional de un producto. Su importancia se deriva del hecho de que los derechos y restricciones en varios casos dependen de la fuente de las importaciones. Las normas de origen difieren ampliamente de un país a otro y de un acuerdo comercial a un acuerdo comercial. aunque el requisito de una transformación sustancial está reconocido universalmente, algunos países o acuerdos comerciales aplican el criterio de cambio de clasificación arancelaria, otros el criterio de porcentaje ad valorem y otros el criterio de fabricación o transformación.
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