Nomenclatura Combinada y Arancel Aduanero Común aplicables en la UE a partir del 1 de enero de 2025
El 31 de octubre se publicó el Reglamento de Ejecución (UE) 2024/2522 de la Comisión por el que se modifica el anexo I del Reglamento (CEE) n.o 2658/87 del Consejo relativo a la nomenclatura arancelaria y estadística y al arancel aduanero común.
El presente Reglamento establece la última versión de la nomenclatura combinada (NC) y del arancel aduanero común aplicable a partir del 1 de enero de 2025.
En aras de la modernización de la nomenclatura combinada (NC), se introdujeron nuevas subpartidas para facilitar el control de mercancías específicas, tales como:
- «Tiburones y aletas de tiburón» (código NC 0302 81 50, 0302 81 70, 0303 81 50, 0303 81 80, 0303 92 15, 0303 92 30, 0303 92 40, 0303 92 50, 0303 92 90, 0304 88 22, 0304 88 29, 0305 71 15, 0305 71 30, 0305 71 40, 0305 71 50 y 0305 71 90) del capítulo 3
- «Tomates» (códigos NC 0702 00 10, 0702 00 91 y 0702 00 99) del capítulo 7
- «Biocombustibles» (códigos NC 2710 19 42, 2710 19 44, 2710 91 10 y 2710 91 90), del capítulo 27
- «Urea líquida» (códigos NC 3102 10 12, 3102 10 15 y 3102 10 19) del capítulo 31
- «Residuos de madera y revestimientos laminados para suelos» (códigos NC 4401 49 10, 4401 49 90, 4411 13 91, 4411 13 93, 4411 14 91 y 4411 14 93) del capítulo 44
- «Laminaciones de acero y núcleos de estator y rotor» (códigos NC 8503 00 20, 8503 00 98, 8521 10 00, 8527 21 30, 8528 71 00, 8529 90 30, 8529 90 93 y 8529 90 96), del capítulo 85.
La nomenclatura combinada constituye el marco fundamental para la declaración de mercancías durante la importación o exportación desde la Unión Europea, así como para la elaboración de estadísticas comerciales dentro de la Unión.