La comunicación sobre el origen es una declaración del exportador sobre el origen de su producto.

 

Artículo 56 ( «comunicación sobre el origen») y 59 («Requisitos de conservación de registros») del Acuerdo de Comercio y Cooperación entre la UE y el Reino Unido

La declaración de origen es extendida por el exportador para declarar el origen de su producto.

  • Esta comunicación puede hacerla:
    • cualquier exportador de la UE, siempre que el valor total del envío sea inferior a 6 000 EUR
    • los exportadores de la UE registrados en el Sistema de exportadores registrados (REX) para envíos de 6 000 EUR o más.

      Existe un período de gracia de 1 año (hasta el 31 de diciembre de 2021) durante el cual los exportadores de la UE pueden autodeclarar el origen de los productos incluso en un supuesto en el que aún no se hayan recogido las declaraciones del proveedor. Las declaraciones del proveedor deben recogerse a más tardar el 1 de enero de 2022. Más información aquí.
  • El exportador efectúe una comunicación sobre el origen basada en información que demuestre que el producto es originario, incluida información sobre el carácter originario de las materias utilizadas en la producción del producto (como la declaración del proveedor).
  • El exportador es responsable de que la comunicación sobre el origen y la información facilitada sean correctas y debe estar preparado para presentar toda la documentación pertinente que demuestre el carácter originario de los productos a petición de las autoridades aduaneras (como la declaración del proveedor).

Cómo extender una declaración de origen

  • El exportador deberá cumplimentar la siguiente declaración (mencionada en el ANEXO 7) en la factura o en cualquier otro documento que describa los productos de que se trate con el suficiente detalle para que puedan ser identificados (por ejemplo, albarán o lista de embalaje),
  • La declaración de origen puede referirse a un envío o a varios envíos de productos idénticos durante un período no superior a un año.

 

(Período: del ___ al ___ (1))
El exportador de los productos cubiertos por el presente documento (n.º de referencia del exportador...) (2)) declara que,
salvo que se indique claramente lo contrario, estos productos son de... (3) origen preferencial.
............................................................................ (4) (lugar y fecha)
............................................................................. (Nombre del exportador)

(1) Si la comunicación sobre el origen se cumplimenta para varios envíos de productos originarios idénticos, indíquese el período al que se aplicará la comunicación sobre el origen. Dicho plazo no excederá de 12 meses. Todas las importaciones del producto deberán realizarse dentro del período indicado. Si la declaración de origen se refiere a un envío, el campo puede dejarse en blanco
(2) Para un exportador establecido en la UE, indicar su número REX (para envíos superiores a 6 000 EUR); En el caso de un exportador establecido en el Reino Unido, este será el número asignado de conformidad con las disposiciones legales y reglamentarias aplicables en el Reino Unido
(3) Indíquese el origen del producto: el Reino Unido o la Unión.
(4) el lugar y la fecha podrán omitirse si la información figura en el propio documento.

 

  • La declaración puede hacerse en cualquier lengua oficial de la UE o en inglés según las versiones lingüísticas del ANEXO 7.

Validez y conservación de registros.

  • La prueba de origen es válida durante 12 meses a partir de la fecha en que se extendió la comunicación de origen y debe presentarse dentro de ese plazo a las autoridades aduaneras de la Parte importadora, o durante un período más largo determinado por la Parte importadora de hasta 24 meses.
  • El exportador deberá conservar una copia de la declaración de origen y de otros documentos pertinentes durante al menos 4 años.
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