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ACP — El grupo de Estados de África, del Caribe y del Pacífico (ACP) es una organización compuesta por 79 Estados de África, del Caribe y del Pacífico, creada por el Acuerdo de Georgetown en 1975. Todos ellos, excepto Cuba, son signatarios del Acuerdo de Cotonú, también conocido como «Acuerdo de Asociación ACP-CE». El Acuerdo regula las condiciones comerciales preferenciales, así como las relaciones políticas, comerciales y de desarrollo con la UE.
En diciembre de 2019, el Consejo de Ministros ACP aprobó una revisión del Acuerdo de Georgetown que transformará el actual Grupo de Estados ACP en la Organización de Estados de África, el Caribe y el Pacífico (OACPS).
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Importación a la UE en virtud del AAE
AAE — África Oriental y Austral
AAE: comunidad del África Oriental
AAE SADC: Comunidad para el Desarrollo del África Meridional
Los países menos adelantados (PMA) son países de renta baja que se enfrentan a graves obstáculos estructurales para el desarrollo sostenible. Son muy vulnerables a las perturbaciones económicas y medioambientales y tienen bajos niveles de activos humanos. Actualmente hay 47 países incluidos en la lista de PMA, que se revisa cada tres años. Los PMD tienen acceso exclusivo a determinadas medidas internacionales de apoyo, en particular en los ámbitos de la ayuda al desarrollo y el comercio.
El precio pagado por el producto franco fábrica (es decir, cuando sale de la fábrica). Se trata de un término internacional marítimo ampliamente utilizado. El precio franco fábrica incluye el valor de todos los materiales utilizados y todos los demás costes relacionados con su producción, previa deducción de cualquier impuesto interno, que sea o pueda ser reembolsado cuando se exporte el producto obtenido.
Sin perjuicio de las normas que rigen el sistema de comercio multilateral, los países desarrollados podrán conceder preferencias arancelarias a las economías en desarrollo sin necesidad de reciprocidad (en el marco del Sistema de Preferencias Generalizadas, o de una categoría, regional o bilateral).
El requisito de que las mercancías con origen preferencial se fabriquen en el territorio de las partes de un acuerdo comercial preferencial, sin interrupción (es decir, que no abandonen el territorio de dicha parte durante el proceso de producción).
Artículo 3.2 del Acuerdo de Asociación Económica UE-Japón
Los productos que se hayan producido exclusivamente a partir de materias originarias (es decir, materiales que ya hayan obtenido su carácter originario debido a que sean totalmente obtenidos o cumplan las normas específicas del producto o mediante la acumulación) siempre se considerarán productos originarios.
Los límites numéricos específicos de la cantidad o el valor de las mercancías que pueden ser importadas (o exportadas) durante un período determinado.
Una nomenclatura internacional elaborada por la Organización Mundial de Aduanas (denominada en códigos de seis dígitos), que permita a todos los países participantes clasificar las mercancías objeto de comercio sobre una base común. Por encima del nivel de los seis dígitos, cada país puede introducir distinciones nacionales según sus necesidades aduaneras y para otros muchos fines. Por lo tanto, hasta el nivel de COS-6 dígitos, todos los países que utilizan el Sistema Armonizado clasifican los productos de la misma manera.
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El «sistema de precios de entrada» establece un precio mínimo por encima del cual debe mantenerse el precio de los productos importados. Se aplica a las importaciones de 15 tipos de frutas y hortalizas frescas para proteger a sus productores frente a la competencia internacional. Estos umbrales dependen del producto, el país socio y la temporada. Los EPE se aplican en combinación con los aranceles de importación ad valorem.
Sistema de certificación del origen de las mercancías que se aplica al Sistema de Preferencias Generalizadas (SPG) de la Unión Europea desde el 1 de enero de 2017. Se basa en un principio de autodeclaración de la conformidad por parte de los operadores económicos, que cumplimentan por sí mismos las llamadas declaraciones sobre el origen. para tener derecho a extender una comunicación sobre el origen, los operadores económicos deberán estar registrados en una base de datos por las autoridades competentes del país en el que ejerzan su actividad. El agente económico se convertirá así en «exportador registrado».
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