AAE — Comunidad del África Oriental

El AAE UE-CAO facilitará a las personas y empresas de ambas regiones invertir y comerciar entre sí, así como estimular el desarrollo en África Oriental. Descubra cómo los Acuerdos de Asociación Económica (AAE) de la UE con 6 Estados africanos podrían beneficiar pronto a su comercio.

De un vistazo

La CAO es una de las comunidades económicas regionales más integradas de la Unión Africana. Se trata de una unión aduanera, en la que la mayoría de los bienes y servicios son objeto de comercio libre de derechos entre los Estados miembros y tienen un arancel exterior común con terceros países. Como mercado común, las personas, los bienes, los servicios y los capitales pueden circular libremente. Además, la CAO tiene previsto establecer una unión monetaria en 2023 e impulsar una mayor integración política.

Las negociaciones para el AAE entre la UE y la CAO concluyeron con éxito en octubre de 2014. El acuerdo ya ha sido firmado por Kenia, Ruanda y todos los Estados miembros de la UE. La entrada en vigor sigue pendiente de la firma por los demás Estados miembros de la CAO (Tanzania, Uganda, Burundi, además de Sudán del Sur), antes de su ratificación por todas las partes.

Una vez que entre en vigor, el AAE UE-CAO proporcionará un acceso inmediato libre de derechos y de contingentes al mercado de la UE para todas las exportaciones de la CAO, junto con la apertura parcial y gradual del mercado de la CAO a las importaciones procedentes de la UE.

El Acuerdo también contiene disposiciones detalladas sobre las normas de origen y las medidas sanitarias y fitosanitarias. Prohíbe las restricciones injustificadas o discriminatorias a las importaciones y exportaciones, contribuyendo así a los esfuerzos de la CAO por eliminar las barreras no arancelarias en el comercio dentro de la CAO.

Además, los capítulos sobre agricultura y pesca tienen por objeto reforzar la cooperación en el uso sostenible de los recursos. Las Partes también se comprometen a proseguir las negociaciones sobre el comercio de servicios y las normas relacionadas con el comercio que aborden el desarrollo sostenible, la política de competencia, la inversión y el desarrollo del sector privado, los derechos de propiedad intelectual y la transparencia en la contratación pública.

Países beneficiarios

  • Burundi — pendiente de firma. Está cubierto por el régimen «Todo menos armas» (EBA).
  • Kenia — Firmado y ratificado el AAE. No cubierto por la ABE. Disfruta de un acceso libre de derechos y contingentes al mercado de la UE.
  • Ruanda: firma del AAE. Cubierto por la ABE.
  • Tanzania — pendiente de firma. Cubierto por la ABE.
  • Uganda — pendiente de firma. Cubierto por la ABE.
  • South Soudan — No participa en las negociaciones, ya que se adhirió a la CAO en 2016. Puede adherirse al acuerdo cuando entre en vigor. No es miembro de la OMC. Cubierto por la ABE.

Disposiciones asimétricas en favor de los países de la CAO

El AAE UE-CAO prevé disposiciones sobre asimetrías en favor de los países de la CAO, como la exclusión de productos sensibles de la liberalización, largos períodos de liberalización, normas de origen flexibles y salvaguardias y medidas especiales para la agricultura, la seguridad alimentaria y la protección de la industria incipiente.

  • Si bien los mercados de la UE están abiertos de forma inmediata y completa, el mercado CAO se abre parcial y gradualmente a las importaciones procedentes de la UE, teniendo plenamente en cuenta las diferencias en los niveles de desarrollo.

Tarifas

  • La UE concederá un acceso libre de derechos y contingentes del 100 % a todas las importaciones procedentes de los países de la CAO. El acceso al mercado de la UE es permanente, pleno y gratuito para todos
  • Los países de la CAO eliminan gradualmente el 82,6 % de los derechos de aduana a lo largo de 15-25 años. Los productos sensibles están totalmente excluidos de la liberalización, incluidos varios productos agrícolas, vinos y bebidas espirituosas, productos químicos, plásticos, papel a base de madera, textiles y prendas de vestir, calzado, productos cerámicos, cristalería, artículos de metal común y vehículos:
  • Si aumentan repentinamente las importaciones de algunos productos de la UE en los países de la Asociación Oriental, los países de la CAO pueden aplicar salvaguardias como los contingentes de importación y la reintroducción de derechos.
  • Se imponen límites a los posibles impuestos adicionales a la exportación de materias primas y alimentos no transformados. En consecuencia, los miembros de la CAO solo podrán imponer nuevos impuestos a la exportación previa notificación a la UE y durante un período de tiempo limitado.
  • Utilice la opción de búsqueda de Mi asistente comercial para encontrar la información exacta sobre derechos y aranceles para su producto específico, teniendo en cuenta su país de origen y destino. En caso de duda, póngase en contacto con las autoridades aduaneras.

Normas de origen

Para poder acogerseal trato preferencial, su producto deberá cumplir las normas de origen establecidas en el Acuerdo. Consulte laherramienta interactiva de autoevaluación de las normas de origen (ROSA) en Mi asistente comercial para evaluar si su producto cumple las normas de origen y averiguar cómo preparar los documentos correctos.

A continuación se ofrece información general sobre las normas de origen.

Unas normas de origen flexibles permiten a los países de la CAO exportar productos con insumos de otros países, especialmente en sectores clave: agricultura, pesca y productos textiles y prendas de vestir. Por ejemplo, un producto textil puede entrar en la UE libre de derechos si al menos una fase de su producción, como el tejido o el tricotado, tuvo lugar en un país AAE.

Tolerancia

Las tolerancias incluidas en el AAE son más laxas que las habituales. En la mayoría de los acuerdos con la UE ascienden al 10 % del precio de venta franco fábrica del producto final, en vez de al 15 %. En el caso de los textiles y las prendas de vestir, se aplicarán tolerancias específicas.

Acumulación

El AAE incluye los siguientes tipos de acumulación:

  • Acumulación bilateral con la UE
  • Acumulación diagonal y total con PTU y países ACP, en determinadas condiciones.
  • Acumulación con países en desarrollo vecinos, en determinadas condiciones.

Transporte directo

La prueba del transporte directo deberá presentarse a las autoridades aduaneras del país importador.

Devolución de derechos

Puede solicitarse la devolución de los derechos pagados por las materias que se importaron previamente para su transformación posterior y luego se exportaron a un país que haya firmado un AAE con la UE.

Condiciones de los buques

El pescado capturado en alta mar y en las zonas económicas exclusivas de los países de la CAO puede considerarse originario de un país de la CAO únicamente cuando es capturado por buques que cumplen determinados criterios. Estos criterios se refieren al lugar de matriculación de un buque, al pabellón con el que navegan y a su propiedad.

No existe ningún requisito específico sobre la nacionalidad de la tripulación, los capitanes o los oficiales. Estos requisitos, que figuraban en el Acuerdo de Cotonú original, se han suprimido para facilitar la atribución del origen al pescado capturado por los países AAE.

Normas de origen específicas del producto

  • Las normas específicas de los productos se incluyen en el anexo II del AAE UE-CAO.
  • Compruebe las normas de origen específicas de su producto a través de Mi asistente comercial

Requisitos aplicables a los productos

Normas y requisitos técnicos

  • Conozca los requisitos técnicos, las normas y los procedimientos [link] que deben cumplir las mercancías para ser importadas en la Unión Europea.
  • Busque las normas y reglamentaciones específicas aplicables a su producto y a su país de origen en la base de datos Mi auxiliar comercial.

Requisitos de salud y seguridad MSF

Documentos y procedimientos de despacho de aduana

Pruebas de origen

  • Para convertirse en exportador autorizado, debe poder demostrar a sus autoridades aduaneras el carácter originario de sus productos, así como cualquier otro requisito que puedan imponer.

Las autoridades aduaneras pueden retirar su estatuto de exportador autorizado en caso de uso indebido. Para más información sobre los procedimientos, póngase en contacto con sus autoridades aduaneras.

  • Para poder acogerse a los derechos preferenciales, los productos originarios de los países de la CAO deben ir acompañados de una prueba de origen. La prueba de origen sigue siendo válida durante 10 meses. Esta puede ser:
    • un certificado de circulación de mercancías EUR.1 expedido por las autoridades aduaneras del país exportador. El exportador (o representante autorizado) que solicite un certificado deberá estar preparado para presentar, previa solicitud, documentos que demuestren el carácter originario de los productos de que se trate y cumplir los demás requisitos del Protocolo sobre normas de origen.
    • una declaración en factura por parte de cualquier exportador para envíos por valor de 6,000 EUR o menos, o por un exportador autorizado para envíos de cualquier valor. Cuando rellene una declaración en factura, deberá poder entregar documentación que demuestre el carácter originario de los productos.

Otros documentos

  • Información sobre otros documentos y procedimientos de despacho de aduana necesarios para importar a la Unión Europea.

Propiedad intelectual e indicaciones geográficas

Comercio de Servicios

Contratación pública

Inversión

Otros (competencia, comercio y desarrollo sostenible)

Competencia

  • Desde 2014, la UE ha interrumpido las subvenciones a la exportación de todos los productos exportados a todos los países AAE.
  • La UE ha minimizado las medidas que distorsionan la producción y el comercio
  • El capítulo sobre agricultura garantiza que la UE no aplicará subvenciones a la exportación, incluso en tiempos de crisis del mercado.
  • Si la industria local se ve amenazada por los aumentos de las importaciones procedentes de Europa, el AAE permite poner en marcha medidas para proteger los sectores industriales y la industria incipiente de la CAO.

Desarrollo sostenible

  • El capítulo sobre agricultura se orienta hacia el desarrollo agrícola sostenible, incluida la seguridad alimentaria, el desarrollo rural y la reducción de la pobreza en la CAO. Compromete a las Partes a un diálogo político más profundo en materia de agricultura y seguridad alimentaria, incluida la transparencia en lo que respecta a sus respectivas políticas internas.
  • El capítulo sobre pesca refuerza la cooperación sobre el uso sostenible de los recursos en el ámbito de la pesca, como la evaluación y la gestión de los recursos; seguimiento de las repercusiones medioambientales, económicas y sociales; conformidad con la legislación nacional vigente y los instrumentos internacionales pertinentes; control y vigilancia eficaces para luchar contra la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada;
  • El capítulo sobre cooperación económica y para el desarrollo tiene por objeto mejorar la competitividad de las economías de la CAO, desarrollar la capacidad de suministro y ayudar a los miembros de la CAO a aplicar sin problemas el AAE;
  • El AAE está estrechamente vinculado al Acuerdo de Cotonú y a sus elementos esenciales, como los derechos humanos, la democracia y el Estado de Derecho;

La integración regional

El AAE trata tanto del comercio entre los países de la CAO como del comercio con la UE.

  • El AAE prohíbe las restricciones injustificadas o discriminatorias a las importaciones y exportaciones, lo que contribuye a los esfuerzos de la CAO por erradicar las barreras no arancelarias en el comercio dentro de la CAO.

Desarrollo de las capacidades y asistencia técnica

La UE presta apoyo, que se financiará a través de los instrumentos existentes, principalmente el presupuesto de desarrollo de la UE y el Fondo Europeo de Desarrollo (FED), a través de la Ayuda para el Comercio.

Enlaces útiles y documentación

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