Impuesto sobre el valor añadido

¿Su empresa vende bienes o servicios? Esta sección le ayuda a comprender algunos de los impuestos que pueden aplicarse en la UE.

Se asigna un porcentaje de los ingresos del impuesto sobre el valor añadido (IVA), calculado sobre una base unificada, para financiar el presupuesto de la UE. El IVA se aplica al valor añadido en cada fase de la cadena de producción de cualquier producto o servicio, se recauda sobre el consumo final y se recauda fraccionadamente

  • en todas las actividades comerciales, a saber: entregas de bienes y prestaciones de servicios, importaciones y transacciones intracomunitarias (mercancías introducidas en un país de la UE desde otro país de la UE)
  • en cada etapa de la producción y distribución de un bien o servicio cobrando un porcentaje sobre el precio de cada transacción. Sin embargo, el IVA es soportado en última instancia por el consumidor final
  • a través de un régimen en el que determinados sujetos pasivos (los registrados a efectos del IVA) cobran el IVA sobre sus ventas (impuesto de salida) y reclaman el IVA cobrado por sus compras de bienes o servicios utilizados en su actividad empresarial (impuesto de entrada). La diferencia entre el impuesto repercutido y el impuesto soportado es el IVA finalmente recaudado

Legislación aplicable

La Directiva 2006/112/ del Consejo, de 28 de noviembre de 2006, relativa al sistema común del impuesto sobre el valor añadido, es la legislación europea básica relativa al sistema común del impuesto sobre el valor añadido (IVA). La DG Fiscalidad y Unión Aduanera se encarga de aplicar las normas sobre el IVA.

Operaciones imponibles

Las principales actividades sujetas al IVA son:

  • Entregas de bienes con fines comerciales efectuadas por un sujeto pasivo en el territorio de un país de la UE
  • Prestación de servicios: El IVA es exigible en el país de la UE en el que está establecido el destinatario del servicio
  • Operaciones intracomunitarias: las compras entre comerciantes residentes en diferentes países de la UE no se consideran importaciones y exportaciones, sino transacciones intracomunitarias. Las adquisiciones y entregas intracomunitarias de bienes realizadas entre operadores registrados a efectos del IVA se cobrarán en el país de la UE al que se expidan los bienes.
  • Importaciones : El IVA se recauda sobre la importación de bienes y generalmente se cobra cuando se llevan a cabo los procedimientos de despacho de aduana para ser despachado a libre práctica. Sin embargo, cuando los bienes se importan en un país de la UE pero están destinados a su uso o consumo en otro, pueden incluirse en un régimen suspensivo del IVA. En virtud de este acuerdo, el IVA se cobrará en el país de destino de la UE y no en el país de entrada en la UE.

Pago del IVA (Importaciones)

Los pagos del IVA a la importación se tratan de la misma manera que los derechos de aduana.

Los sujetos pasivos deberán cumplimentar y presentar en aduana el documento administrativo único, que deberá incluir el valor de las mercancías, el lugar de origen, el destinatario, el destino, el precio, el peso, etc.

La información sobre el IVA, los impuestos especiales y los derechos de aduana debe cumplimentarse en la casilla no 47 del formulario.

Importe imponible

La base imponible es el importe total efectivamente pagado o por pagar por el comprador, el cliente o un tercero. En general, la base imponible es el precio facturado, que incluye:

  • impuestos, tasas, gravámenes y gravámenes, excluido el propio IVA
  • los gastos imprevistos, como los gastos de comisión, embalaje, transporte y seguro cobrados por el proveedor al comprador o al cliente.

Al importar bienes, la base imponible también incluirá los gastos imprevistos incurridos hasta el lugar de destino:

"Importe imponible = valor en aduana + derechos de aduana y cualquier otro impuesto debido por la importación + costes suplementarios hasta el lugar de destino."

Tipos mínimos del IVA

Las transacciones imponibles están sujetas a los tipos y regulaciones aprobados por el país de la UE al que se suministran los bienes o servicios. Cada país de la UE puede fijar los tipos con arreglo a los siguientes límites:

  • el tipo normal no podrá ser inferior al 15 %. Los paísesde la UE también pueden aplicar uno o dos tipos reducidos que no deben ser inferiores al 5 % y solo se aplicarán a entregas de bienes muy específicas.
  • la Directiva permite la aplicación de un tipo reducido no inferior al 12 % (el «tipode aparcamiento»)para algunos bienes o servicios.
  • también permite a determinados países de la UE mantener tipos reducidos inferiores al mínimo del 5 % (tipossuperreducidos).

Mercancías sujetas a tipos reducidos del IVA

El anexo III de la Directiva sobre el IVA permite a los países de la UE aplicar tipos reducidos a las siguientes categorías:

  1. productos alimenticios (incluidas las bebidas, pero excluido el alcohol) destinados al consumo humano y animal. Se incluyen los animales vivos, las semillas, las plantas, los ingredientes normalmente destinados a la preparación de productos alimenticios y los productos normalmente destinados a complementar o sustituir productos alimenticios.
  2. abastecimiento de agua
  3. productos farmacéuticos de los tipos utilizados normalmente para la atención sanitaria, la prevención de enfermedades y el tratamiento con fines médicos y veterinarios, incluidos los productos utilizados para la anticoncepción y la protección sanitaria
  4. equipos médicos, ayudas y otros aparatos normalmente destinados a aliviar o tratar la discapacidad, para uso personal exclusivo de los discapacitados. Esto incluye la reparación de dichos bienes, así como los asientos de seguridad para niños.
  5. transporte de pasajeros y su equipaje de acompañamiento
  6. suministro de libros (incluidos los prestados por bibliotecas). Se trata de folletos, prospectos, dibujos infantiles, libros para dibujar o colorear, música impresa o manuscrita, mapas, cartas hidrográficas, periódicos y publicaciones periódicas. Se excluye el material dedicado total o sustancialmente a la publicidad.
  7. las entradas a espectáculos, teatros, circos, ferias, parques de atracciones, conciertos, museos, zoológicos, cines, exposiciones, actos e instalaciones culturales similares y, por último, la recepción de servicios de radiodifusión;
  8. servicios prestados por escritores, compositores y artistas intérpretes o ejecutantes (se incluyen las regalías)
  9. suministro, construcción, renovación y reforma de viviendas proporcionadas en el marco de una política social
  10. entregas de bienes y prestaciones de servicios del tipo normalmente destinado a la producción agrícola, con exclusión de los bienes de capital tales como maquinaria o edificios
  11. alojamiento proporcionado por hoteles y establecimientos similares, incluida la provisión de alojamiento vacacional y el alquiler de campings y parques de caravanas
  12. admisión a eventos deportivos
  13. utilización de instalaciones deportivas
  14. suministro de bienes y servicios por parte de organizaciones reconocidas por los países de la UE como organizaciones benéficas y dedicadas a la asistencia social o a la seguridad social
  15. servicios prestados por empresas funerarias y servicios de cremación, junto con el suministro de bienes conexos
  16. prestación de atención médica y dental, así como tratamiento térmico
  17. servicios prestados en relación con la limpieza de calles, la recogida de basuras y el tratamiento de residuos

Arreglos suspensivos y zonas francas

Las mercancías importadas pueden incluirse en uno de los regímenes aduaneros enumerados a continuación:

  • mercancías en depósito temporal
  • mercancías incluidas en el régimen de perfeccionamiento activo (sistema de suspensión de derechos)
  • mercancías incluidas en depósitos aduaneros o zonas francas
  • importación temporal
  • procedimientos de tránsito
  • Zonas francas en las que las mercancías están libres de IVA y derechos y cargas de importación

Sin embargo, el IVA no será exigible hasta que los bienes entren en el mercado para su venta al público.

Tipos del IVA en los países de la UE

Los tipos actuales del IVA (%) en los países de la UE son:

 

(+) Algunos Estados miembros de la UE han reducido temporalmente los tipos del IVA para bienes específicos en apoyo de la lucha contra la COVID-19, de conformidad con las disposiciones establecidas en su legislación nacional.

Territorios especiales

Algunos territorios de los países de la UE pueden quedar excluidos del ámbito de aplicación del IVA o pueden aplicar tipos especiales.

Territorios de países de la UE excluidos de la aplicación del IVA
  • Alemania: la isla de Helgoland y el territorio de Büsingen
  • Italia: Livigno, Campione d'Italia y las aguas italianas del lago de Lugano
  • Francia: Guadalupe, Guyana, Martinica, Reunión, Mayotte
  • España: Ceuta, Melilla e Islas Canarias
  • Grecia: el Monte Athos
  • Austria: Jungholz y Mittelberg
  • Dinamarca: Groenlandia y las Islas Feroe
  • Finlandia: las islas Åland
Territorios con tarifas especiales
  • Portugal: Azores y Madeira
  • Grecia: varias islas en el mar Egeo
  • Francia: Córcega
Terceros territorios que son tratados como países de la UE

Las operaciones originarias o destinadas al Principado de Mónaco se consideran operaciones originarias o destinadas a Francia.

 

Datos del IVA por país

Austria

 

Bélgica

 

Bulgaria

 

Croacia

 

Chipre

 

República Checa

 

Dinamarca

 

Estonia

 

Finland

 

Francia

 

Alemania

 

Grecia

 

Hungría

 

Irlanda

 

Italia

 

Letonia

 

Lituania

 

Luxemburgo

 

Malta

 

Países Bajos

 

Polonia

 

Portugal

 

Rumanía

 

República Eslovaca

 

Eslovenia

 

España

 

Suecia

 

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